La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos protege los derechos de aquellos que sufren violencia en todos los sentidos y aunque no todos son delito, podrás evitar ser víctima si estás bien informado o informada.
Según la Fundación de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) 7 de cada 10 mujeres sufren violencia en México y una práctica común es despojarlas de su propio hogar.
Contents
- 1 ¿Qué pasa si mi esposo me corre de mi casa?
- 2 Como Sacar A Mi Marido De Mi Casa Legalmente
- 3 ¿Qué pasa con tu casa cuando rompes con tu pareja y tienes hijos menores de edad?
- 4 Diferencia entre divorcio y separación legal | Abogado.com | Ayuda en español
- 5 Si mi pareja me es infiel, ¿puedo desalojarlo de la casa?
- 6 MI EX NO SE VA DE CASA: SOLUCIONES
¿Qué pasa si mi esposo me corre de mi casa?
Hoy en día miles de mujeres presentan denuncias porque sus esposos o cónyuges abusan de su “poder” sobre ellas y deciden sacarlas de sus casas, dejándolas así desprotegidas.
Es importante que sepas que nadie puede sacarte del lugar donde vives, aunque tú no seas la dueña a menos que se presente una orden emitida por un Juez, después de un largo juicio.
Por lo tanto, si tu pareja te amenaza con dejarte fuera de tu domicilio (sea cual sea el motivo) estará cometiendo el delito de despojo, además está ejerciendo violencia y maltrato psicológico (en muchos casos también se da el abuso físico que sí es un delito).
- Si estás casada o viviendo en concubinato y tu esposo o pareja ha decidido no permitirte el acceso a tu casa no solo podrás demandarlo por ese delito, si no que también podrás hacer válidos tus derechos y solicitar una Liquidación de bienes.
- Cuando una relación marital o conyugal se deshace cualquiera de las partes involucradas puede proceder legalmente a la Liquidación de bienes en donde la mitad de todo lo que se creó será tuyo, incluyendo la casa en la que viven.
- Para denunciarlo podrás asistir al Ministerio Público que te quede más cercano o incluso podrás hacerlo en Denuncia Digital (en línea).
Para tener un divorcio incausado solo basta con manifestar su voluntad de que uno de los cónyuges no desean continuar con el matrimonio ya que no requiere del consentimiento de ambos cónyuges, sin la necesidad de señalar una causa concreta que lo justifique. Foto ilustrativa. Senado de la República. http://comunicacion.senado.gob.mx/
¿Puedo obtener mi 50% aún si no estoy casada?
Sí, el concubinato, como lo denomina la ley, es el vínculo voluntario en donde no se formaliza de manera legal la unión de una pareja, sin embargo, al paso de dos años tienen derechos y obligaciones atribuidos al matrimonio. Si tienes un hijo producto de esta unión libre, no es necesario que pase ese tiempo, ya que por ley los hijos tienen derechos alimentarios y sucesorios.
El Código Civil Federal dice “… los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos o esfuerzos para la realización de un fin común, de carácter preponderantemente económico”, asimismo, en el artículo 2689 se determina que “La aportación de los socios puede consistir en una cantidad de dinero u otros bienes, o en su industria. La aportación de bienes implica la transmisión de su dominio a la sociedad, salvo que expresamente se pacte otra cosa”.
Es decir, todo lo que se posee por ambas partes se pone a disposición de la relación y por tanto cuando se separan ambos tienen derecho al goce de los bienes. Si tú también tienes algún bien activo o pasivo este pasará a ser parte de la sociedad y se dividirá en partes iguales en la Liquidación de bienes.
Al terminar el concubinato la persona que carezca de ingresos o bienes suficientes para su subsistencia tiene derecho a la pensión alimenticia por un tiempo igual al que haya durado esta unión, pero si el beneficiario se casa o vive en concubinato con otra persona perderá estos derechos.
Cuando estás casada y comienzas una demanda de divorcio entonces deberás mencionar que te interesa la liquidación de bienes, así se podrá hacer válido tu derecho y tendrás acceso al 50% de todo.
Si tienes hijos fuera o dentro del matrimonio, la parte trabajadora está obligada a proveer las necesidades de tus hijos por medio de una pensión alimenticia. Foto ilustrativa. Gobierno Estado de México. http://caravanas.edomex.gob.mx/
¿Puedo obligar a que mi marido se vaya de la casa si me ha sido infiel?
La infidelidad no es un delito, sin embargo, sí es un motivo de divorcio o separación legal.
Moral y socialmente se ha vuelto una práctica reprobable y que deja a su paso daño colateral a quien le fueron infiel, sin embargo, legalmente no tiene ninguna consecuencia, a menos que se haya realizado un acuerdo prenupcial en cual explícitamente se determine que si cualquiera de las dos partes es infiel pierde derechos a la hora del divorcio.
Aunque tengas pruebas de la infidelidad no podrás echar a tu pareja de la casa y tampoco podrás sacar un provecho legal de esta acción; no podrás cambiar las chapas, ni echar su ropa por la ventana, puesto que te arriesgas a ser denunciada por un delito de coacciones. El Código Civil Federal en el artículo 267 dice que el adulterio sí es causa de divorcio.
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Como Sacar A Mi Marido De Mi Casa Legalmente
El piso es cien% mio y estamos casado en régimen de separación de recursos ya que somos catalanes y radicamos en Catalunya. No he interpuesto demanda de divorcio por el hecho de que disponemos un hijo de 13 años y no deseo discusiones ni lios.
El marido además de no hablarme a mi tampoco habla a su hijo , peró si interpongo la demanda de divorcio seguramente con el tema del hijo vamos a tener problemas. En un matrimonio ninguno de los esposos puede echar al otro de la vivienda que forme residencia familiar sin consentimiento del marido o mujer o autorización judicial.
En cualquier caso, está claro que ante una situación de crisis marital o de pareja, en el momento en que es claro que no hay marcha atrás, hay que ofrecer el paso de enseñar demanda de divorcio o separacion o instar medidas sobre los hijos para conseguir la custodia y una pension de alimentos y, si se dan los requisitos, una pension compensatoria.
Cuando el abandono del hogar implica desatender dichas obligaciones de manera que ello supone hacer para la gente abandonadas una situación de particular desamparo y desprotección, entonces estamos frente a un delito de abandono de familia.
El ejemplo mucho más claro lo poseemos en esos casos en los que uno de los cónyuges, el que está en situación de desempleo, queda al cuidado de los hijos nacidos de la pareja sin tener ningún género de ingreso para sostener a los menores, debido a que el otro cónyuge, que era el que proveía el sustento familiar, ha abandono el hogar conyugal. En varias ocasiones, la vivienda familiar puede perder esta condición. O sea, imaginemos que un juez entrega la utilización y disfrute de la vivienda –propiedad del padre– a un individuo que aún no ha alcanzado la edad adulta, cuya custodia recae sobre exclusiva sobre la madre. Imaginemos que, por motivos laborales, esta escoge trasladarse a una vivienda de alquiler mucho más cerca de su puesto de trabajo. La vivienda del padre perdería el concepto de vivienda familiar y este podría recobrarla. Lo mismo podría ocurrir si la madre rehiciera su vida y se trasladara a la casa de su nueva pareja.
El abandono del hogar únicamente se refiere a dejar un lugar físico que a lo largo de la vigencia de la pareja ha sido el domicilio familiar. Más allá de que la vivienda es propiedad del padre, este no podrá recuperar su vivienda hasta que su hijo sea mayor de edad.
Puesto que la custodia del menor la tiene la madre, es ella la que va a vivir en la inmueble con el menor de edad.
Llevo 8 años conviviendo con mi marido y 3 de casada x recursos separados, hace 2 meses me fui de casa x k la situacion era molesto…yo solia trabajar ocasionalmente pero nada fijo, ahora no tengo capital ni nada, y el no me pasa absolutamente nada de dinero….estoy en mi derecho a alguna pension compensatoria?
Soy jose ..actuamente estoy convirtiendo con mi mujer pero ella se quiere dividir . Poseemos dos hijos inferiores y una propiedad con hipoteca y un préstamo personal . Ella ve que hace y yo deseo que se quede ya que yo no quiero irme de casa y me quedaré con la vivienda y la custodia o custodia compartida.
Por su parte, el abandono de la familia acarrea la ruptura de los lazos domésticos comunes y cotidianos con el otro cónyuge, hijos, padres…etc.
Sin embargo, para que ese hecho sea considerado delito y poder enseñar una demanda por abandono de hogar, ha de darse un factor básico y indispensable, que es la situación de desamparo en que quede la otra persona.
Nov ¿puedo Y Debo Irme De Casa Antes De Divorciarme?
Actuar a las malas, entrando sin permiso donde no es nuestra residencia habitual o dejar fuera de ella a nuestro ex–cónyuge cambiando la cerradura, va a suponer, en la práctica, un alargamiento del enfrentamiento y terminar en una posible condena penal.
Como desocupar a mi pareja de mi casa, como en todo enfrentamiento, lo primordial es procurar un acuerdo amistoso, un convenio que se consigua a través de nuestra charla, apuéstale siempre y en todo momento a un arreglo por las buenas, entendiendo que habitualmente esto no en todos los casos es viable.
Es muy conveniente comprender que puede ser habitual que estos tiempos de uso se infrinjan, por tanto se superen y, entonces, ¿qué hay que hacer? Él afirma que no puedo echarlo, pero fui a pedir consejo en la letrada de mi municipio me mencionó que podía echarlo ya que la vivienda se la queda quien se queda con los hijos y mis hijos desean vivir conmigo.
Vivimos en una casa dada por el gobierno para personas con dificultades economicas, esta en alquiler y todo a mi nombre. Deseo echarlo, no asistencia en el hogar y trabaja sin contrato.
Precisamente NO. En una reciente sentencia del Tribunal Supremo, de fecha 14 de octubre de 2015, apunta de forma expresa que la salida civilizada del hogar no puede calificarse como aceptación de custodia monoparental del otro progenitor.
Siempre y en todo momento iba mucho a casa de sus padres y toda la correspondencia y sus cosas las tenia alli, como sus progenitores no tienen muchas salud no va su casa por el hecho de que tendira que ayudar y ayudar en su precaución, y lo que hizo hace un par de años es rentar un piso en otra población y se pasa muchoas horas allí, no las sufiecientes para irse de mi casa. Para sacar a su marido de su casa legalmente deberá de utilizar el diálogo y mediación a través de la que se entienda que la convivencia ha llegado a su fin y lo mejor es que cada uno radique en domicilios separados pues va a ser más sano y evitara probables roces. Si el inmueble tiene hipoteca y el que recibe la donación asume la deuda, tributará también en el ITP. El ITP es el impuesto que paga el comprador tratándose de bienes que se venden por segunda vez, es decir, una segunda transmisión.
Como Desalojar A Mi Pareja De Mí Casa
La custodia exclusiva es para la madre, quien tiene otra vivienda alquilada. C) Vivienda copropiedad de los padres y custodia compartida de dos hijos inferiores de diez y 12 años. En un caso así, el padre viviría en la casa común con los hijos. B) Vivienda copropiedad de los progenitores y custodia exclusiva para el padre de dos hijos inferiores de 5 y 7 años.
En el IRPF también deberá declarar el donatario – aquel que recibe la donación – la ganancia familiar que obtuvo con exactamente la misma, tal y como si se tratase de una compraventa. Se va a aplicar un porcentaje a la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión, que se calculará a efectos del impuesto.
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un impuesto que se calcula sobre el valor de lo donado. El porcentaje que se aplica sobre este valor depende de las Comunidades Autónomas, puesto que es un impuesto que está bajo su administración.
Cabe destacar que el que tiene que hacerse cargo de este impuesto, el contribuyente, es el que recibe la donación.
De Qué Forma Puedo Sacar A Mi Marido De La Vivienda Legalmente
El delito de coacciones, utilizando que el otro cónyuge está fuera de casa, tuviéramos la idea de mudar la cerradura, podríamos incurrir en un delito de coartes. Puesto que, sin estar legítimamente autorizados obligamos con violencia al otro cónyuge, mudando la cerradura, a realizar algo que no desea que es dejar la vivienda.
Ambos trabábamos, ella tiene mejor ingreso que yo y las discusiones son recurrentes. Ahora ella llegó a la agresion física hacia a mí persona y yo la verbal hacia ella. Quiero irme de casa por el ambiente hostil pero no sé si ella me alege abandono de hogar.
Yo le estoy sugiriendo ofrecerle lo que corresponde por los pequeños porque yo con mi sueldo no puedo rentar otro piso sino una habitación.
Contra esta rigidez los abogados de familia llevan años luchando. Hola buenas tardes, mi situación es la.siguiente, no siento lo mismo en relación a mi marido y necesito aclarar ideas si bien al final pienso que va a ser divorcio aunque me cueste.
Si me marcho a casa de mis padres a lo largo de mi resolución o trámite. Yo propondría compartir a los niños dé forma razonable , en tanto que se que el me pedirá custodia compartida o entera si o si .por su forma de meditar.
En ocasiones los cónyuges que se apartan, tanto marido como mujer, tratan de justificar que se debe marchar de la casa el otro por entender que es lo justo.
Además, en el caso de divorcio y, más allá de que la vivienda y la cuenta corriente donde se cargan las cuotas de la hipoteca estén solo a nombre de entre los cónyuges, los tribunales suelen mirar quién realiza ingresos en tal cuenta, considerando que el inmueble es propiedad de ambos si los dos ingresan dinero pese a la titularidad formal del mismo.
El delito de allanamiento de morada, que supone ingresar en el hogar en oposición a la intención de quien en aquel reside, que en un caso así, sería el ex-cónyuge que ostenta la posesión y que no quiere abandonar el inmueble, más allá de que ha expirado el tiempo de empleo pactado o el fijado en sentencia. Me quiero separar y deseo que mi marido se vaya de casa.
Pero el señor prosigue ahi sin asistir ni colaborar y ni decir nada.
Si se trata de una vivienda sobre la que recae una hipoteca, el padre deberá proseguir pagando religiosamente al banco la cuota por mes tal como los impuestos derivados de poseer un inmueble como el IBI o el impuesto de restos. Si el bien no está hipotecado sino que, por ejemplo, procede de una herencia, solamente deberá llevar a cabo frente a los impuestos.
En la donación de una casa, el donatario es el sujeto pasivo del ISD y el donante del IRPF (no al revés).
Hay que tomar en consideración además que si el inmueble tiene una hipoteca y el donatario no acepta la deuda, la operación tributará por el ISD, pero si el donatario sí acepta la deuda, la transmisión tendrá la calificación jurídica de donación con causa onerosa y tributará medianamente en el ISD y en el ITP.
Con el otorgamiento de este derecho real no se produce un cambio en la titularidad de la vivienda pero se le logra ofrecer cierta protección a la pareja, ya que podrá vivir en esa casa. Para ser pareja en verdad es necesario llevar un tiempo mínimo conviviendo, que comunmente tiende a ser de dos años, si bien depende de cada Comunidad Autónoma, que son las que han regulado este régimen.
En nuestro Despacho de abogados de Bilbao, somos especialistas en la tramitación de métodos de separación, divorcio y roturas de parejas en verdad.
Si, actuando fuera del cauce legal, optáramos, por ejemplo, por entrar a la vivienda utilizando una copia de las llaves, esta manera de proceder podría ser fundamento de reproche penal, ya que estaríamos violando la privacidad del ex – cónyuge, al entrar sin su permiso.
Concretamente acarrearía pena de 6 meses a 2 años de prisión; o pena de 1 a 4 años, asimismo de prisión, si se realizara con crueldad o intimidación.
¿Qué pasa con tu casa cuando rompes con tu pareja y tienes hijos menores de edad?
Comentábamos en un artículo anterior los problemas a los que se enfrenta una pareja cuando decide poner punto y final a su relación y existe una vivienda en propiedad de por medio. Entonces avanzábamos cómo la situación se complicaba cuando hay hijos menores de edad.
En 2012 se produjeron en España algo más de 110.000 separaciones, divorcios y nulidades. En el 48% de los casos había algún hijo menor de edad.
Según los últimos datos disponibles del INE, la custodia de los hijos menores fue otorgada a la madre en el 75% de los casos, casi en el 10% al padre, y en el 14,6% fue compartida.
¿Qué pasa con la vivienda de estas parejas cuando deciden separarse? Cuando el inmueble es de los dos o de uno de ellos, el artículo 96 del Código Civil dice que el uso y disfrute es para los menores, independientemente de quien sea el propietario de la casa familiar. “En defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por el Juez, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden”.
Contra esta rigidez los abogados de familia llevan años luchando.
“El Código Civil no otorga al juez facultad alguna para interpretar una atribución del uso y disfrute conforme a las circunstancias de cada familia, por ejemplo, garantizando el alojamiento a los menores mediante la atribución de otro inmueble copropiedad de las partes, sino que se ve limitado a esta atribución imperativa del domicilio familiar sin entrar en más consideraciones”, explica Paloma Zabalgo, letrada del despacho Paloma Zabalgo Abogada de Familia.
Debido a la rigidez y automatismo del Código Civil, un juez no puede, por ejemplo, atribuir el uso de la vivienda familiar al progenitor que no tiene la custodia de los menores de edad aunque estos tengan garantizado su derecho a una habitación digna en otra vivienda, por ejemplo, propiedad del otro progenitor.
“El cambio más relevante al respecto se lo debemos al Supremo, que hace un par de años especificó que el uso y disfrute de la vivienda se extingue una vez que los hijos son mayores de edad tanto si tienen independencia económica como si no. Antes no era así.
El uso y disfrute solamente se extinguía cuando los hijos eran económicamente independientes”, apunta Paloma Zabalgo. “Cuando los hijos superan los 18 años dejan de tener el derecho de uso y disfrute de la vivienda.
Si necesitan dinero o dónde vivir, las ayudas vendrán de la pensión de alimentos”.
¿Ante qué escenarios podemos encontrarnos? En primer lugar, hay que dejar claro que, cuando hay hijos menores de edad, da igual el estado civil de la pareja –solteros, casados, parejas de hecho– y el régimen económico del matrimonio –separación de bienes o gananciales–, puesto que se impone el uso y disfrute de la vivienda por parte de los hijos menores de edad.
Para poder entender mejor la problemática de la vivienda, veamos varios escenarios posibles:
A) Vivienda privativa del padre y custodia exclusiva para la madre con un hijo menor de 3 años.
A pesar de que la vivienda es propiedad del padre, este no podrá recuperar su vivienda hasta que su hijo sea mayor de edad. Puesto que la custodia del menor la tiene la madre, es ella la que vivirá en la inmueble con el menor de edad.
“Hay quienes lo ven como una inversión o plan de jubilación. Una vez que la recupere podrá venderla y con un poco de suerte, dentro de 15 años, se habrá revalorizado”, explica Paloma Zabalgo. “Es esta actitud o la desesperación”.
Si se trata de una vivienda sobre la que recae una hipoteca, el padre deberá seguir pagando religiosamente al banco la cuota mensual así como los impuestos derivados de poseer un inmueble como el IBI o el impuesto de residuos. Si el bien no está hipotecado sino que, por ejemplo, procede de una herencia, solamente tendrá que hacer frente a los impuestos.
Este padre no puede, pues, disponer de su vivienda y, además, tendrá que pagar una pensión para la manutención del hijo.
Pero ¿y si, además de esta vivienda propiedad exclusiva del padre, la pareja tuviera otra en copropiedad?, ¿podría vivir en ella? Si llega a un acuerdo con la otra parte, sí.
Pero si esta no quiere, se verá obligado a vivir de alquiler, a pesar de ser propietario de una vivienda y copropietario de otra.
Esto es así porque, como explica Zabalgo, el juez no puede pronunciarse sobre el uso de los demás bienes de la pareja, de tal manera que sería necesario iniciar otro procedimiento judicial orientado a la liquidación de los bienes gananciales.
B) Vivienda copropiedad de los padres y custodia exclusiva para el padre de dos hijos menores de 5 y 7 años.
En este caso, el padre viviría en la casa común con los hijos. Los gastos de la hipoteca correrían a cargo de los dos.
Una vez que los hijos fueran mayores de edad, y tal como explicábamos en el artículo anterior, “lo más habitual es que el juez fije una asignación temporal de la vivienda, seis meses o un año cada uno, con vistas o condicionado a la venta del inmueble o, lo que es lo mismo, a la liquidación de los gananciales”, explica Zabalgo. En este caso, la vivienda ya podría venderse o una de las partes podría quedarse con el inmueble con la compensación económica correspondiente.
- C) Vivienda copropiedad de los padres y custodia compartida de dos hijos menores de 10 y 12 años.
- “En los casos de custodia compartida, el juez atribuye a los menores la casa y puede dictar que sean los padres quienes entren y salgan del inmueble, lo que, a la larga, también podría provocar la venta de la casa”, explica Paloma Zabalgo, quien reconoce que hay padres que buscan o piden la custodia compartida para poder vender la casa, especialmente cuando la vivienda es privativa, por ejemplo, del padre, y con la custodia exclusiva no podría disponer de ella.
- D) Vivienda privativa de la madre y custodia compartida con un hijo menor de 8 meses.
De nuevo, el juez otorgará el uso y disfrute de la vivienda familiar al menor de edad. El juez puede establecer que los progenitores alternen su estancia en la vivienda –semanas, meses…–. En ese caso, si sobre la vivienda recae una hipoteca, la madre tendrá que seguir pagando mes a mes al banco así como los impuestos correspondientes.
E) Pareja divorciada con un hijo menor de 3 años. Vivienda privativa del padre y custodia exclusiva para la madre. Ella prefiere irse de alquiler y la vivienda pierde el concepto de uso y disfrute.
En algunas ocasiones, la vivienda familiar puede perder esta condición. Es decir, imaginemos que un juez otorga el uso y disfrute de la vivienda –propiedad del padre– a un menor de edad, cuya custodia recae en exclusiva sobre la madre.
Imaginemos que, por motivos laborales, esta decide trasladarse a una vivienda de alquiler más cerca de su puesto de trabajo. La vivienda del padre perdería el concepto de vivienda familiar y este podría recuperarla.
Lo mismo podría suceder si la madre rehiciera su vida y se trasladara a la casa de su nueva pareja.
F) Pareja de hecho con un hijo menor de 2 años. La custodia exclusiva es para la madre, quien tiene otra vivienda alquilada. El domicilio familiar es el privativo del padre.
El juzgado atribuye el uso del domicilio familiar a la madre a pesar de que esta es propietaria de otra vivienda. El padre debe abonar el 100% de la hipoteca, además de la pensión de alimentos y buscarse otra casa. Mientras, con el alquiler de su casa, la madre va pagando su hipoteca.
Diferencia entre divorcio y separación legal | Abogado.com | Ayuda en español
Algunas personas consideran que la separación legal es una opción que prepara su camino hacia el divorcio, mientras se disipan las dudas, o simplemente les permite vivir como individuos sin la responsabilidad marital, pero conservando el vínculo matrimonial.
A menudo las separaciones son solicitadas por parejas que ya no quieren vivir juntas, pero que desean conservar ciertas ventajas del matrimonio. Por ejemplo:
- Beneficios fiscales.
- Facilidades del seguro social.
- Ventajas de las pensiones de jubilación.
- Motivos religiosos que se oponen al divorcio.
- Derechos financieros.
- Concesiones de un acuerdo prenupcial.
Si usted decide optar por esta salida, debe considerar que la separación legal también es un proceso con sus reglas y pasos a cumplir que dependen de las leyes de su estado en particular.
¿Qué es la separación legal de una pareja?
Un matrimonio puede decidir separarse o vivir separados en cualquier momento y sin autorización de un juez de la corte de familia. Sin embargo, cuando la pareja anuncia su cese de la convivencia ante un tribunal, entonces se considera que está buscando una separación legal.
Para concretar la separación ante la ley, los solicitantes deben seguir los procesos que indica la legislación de familia de su estado.
La vía judicial también permite evaluar las propuestas de la pareja para decidir sobre los siguientes aspectos:
- Custodia de los hijos menores de edad.
- Cuota para la manutención de los hijos y régimen de visitas.
- Acuerdos sobre separación de bienes y deudas.
- Determinación de la manutención del cónyuge.
- Normas sobre el uso de la vivienda familiar, cuentas bancarias y tarjetas de crédito en común.
- Si después de vivir como una pareja legalmente separada, los cónyuges deciden divorciarse, todos estos aspectos pueden ser revisados.
- De igual modo, si alguno de los miembros de la pareja desea iniciar un nuevo matrimonio, entonces debe obtener una sentencia de divorcio.
- Un abogado le puede ayudar a resolver su caso de separación legal o divorcio.
Diferencia entre divorcio y separación
La pareja involucrada en una separación legal está obligada a cumplir con los términos de la orden del tribunal. Pero todavía será considerada como una pareja casada debido a que no tiene un decreto de divorcio.
Una orden de separación legal, por lo general, es emitida con rapidez por parte del tribunal, porque las consecuencias de la separación no son permanentes. Incluso, varios estados solo otorgan el divorcio si la pareja ha permanecido separada por un tiempo, también llamado plazo de espera.
- El tiempo de espera es para asegurarse de que la pareja verdaderamente desea el divorcio y poner fin a su matrimonio.
- Debido a que una separación no implica la disolución del matrimonio, esta puede ser revocada por consentimiento de ambos cónyuges, sin que sea necesario un plazo de espera.
- En conclusion, la principal diferencia es que un caso de divorcio es un proceso más concluyente que la separación legal, ya que termina legalmente con el matrimonio.
¿Necesito un abogado de familia para solicitar la separación legal?
Una separación legal es un procedimiento importante como cualquier otro. Por esta razón, es recomendable consultar a un abogado con experiencia en derecho familiar antes de solicitarla. Un abogado también le puede confirmar si en su caso le conviene más un divorcio o separación legal.
Un abogado que conoce la ley del estado donde se presentará la petición de separación legal sabrá qué información incluir, sobre asuntos relacionados con las finanzas y la custodia de los hijos.
Si su cónyuge objeta la separación o las condiciones expuestas, entonces su abogado podrá representarlo en la audiencia ante el juez.
Una vez que ambos cónyuges están de acuerdo y firman el convenio de separación, este debe ser aprobado por un juez. Después la pareja quedará separada legalmente y deberán cumplir los términos del acuerdo de separación judicial.
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Si mi pareja me es infiel, ¿puedo desalojarlo de la casa?
¿Por causa de nfidelidad, puedo retirar a mi pareja de la casa? (Foto: Andina)
La infidelidad es uno de los casos más frecuentes por los que una persona decide sacar a su pareja del hogar de convivencia. Pero, ¿existe una norma legal que respalde esta conducta del cónyuge sentimentalmente afectado?
Primero, debes saber que dentro del matrimonio, existen tres deberes fundamentales. De acuerdo a Juan Carlos Del Águila, abogado especialista en derecho de familia, estas corresponden al deber de fidelidad, asistencia mutua y cohabitación (convivencia).
“Los tres deberes de alguna manera no están interconectados en forma de condicionantes, es decir, si tú eres infiel no quiere decir que ya no tengas cumplir los demás deberes, tienes que cumplirlo”, explica el Del Águila en este video.
¿Se le puede pedir al cónyuge que se retire de la casa?
Si bien se ha vulnerado el deber a la fidelidad, aún es necesario respetar el deber de cohabitar. No obstante, esto cambia en función del acuerdo entre ambos cónyuges.
“Si uno acuerda retirarse voluntariamente o acepta irse (ante el pedido), pues básicamente así se hará. (De lo contrario), no existe normatividad alguna que señale precisamente que uno de los dos tenga que abandonar el hogar conyugal”, señala el especialista.
¿Qué pasa si yo soy la única persona propietaria de la casa?
No se puede botar a una persona por la fuerza, por más que haya sido infiel y uno sea propietario del domicilio de convivencia. Sin embargo, Del Águila indica que para que una persona se retire, debe existir una orden judicial.
¿Cuáles son los requisitos para un divorcio rápido o express?Si me separo, ¿cómo se divide la pensión para los hijos?
¿En qué casos el cónyuge sí se debe retirar de la casa?
Sobre la orden judicial, el abogado refiere que esta se puede obtener de dos formas.
Acudir a la vía de derechos reales. “El propietario tiene derecho al uso, disfrute del bien que tiene como propiedad. En todo caso, si tú observas que esa persona que vive contigo está perjudicando tu posesión, tranquilamente podrías demandar el desalojo de esa persona”.
Optar por las normas de derecho de familia. La Ley 30364 señala que en caso de violencia física, psicológica, sexual, de alguna manera patrimonial, ejercida por uno de los cónyuges; el agraviado o agraviada podrá solicitar el retiro forzado del hogar de esa persona.
- ¿Qué se recomienda si una pareja está separada pero aún conviven?
- El especialista sugiere enviar una carta notarial, mensajes de WhatsApp o correos electrónicos dirigidos a esa persona, así serán pruebas de que la relación sentimental ha culminado, pero viven en el mismo domicilio y duermen en cuartos separados, por ejemplo.
- “Eso para dejar constancia de que, si mañana más tarde alguno hace una demanda de separación (divorcio por causal de separación de hecho), haya las pruebas necesarias para decir que, a pesar de que viven juntos, ya no hacen vida de pareja”, concluye.
MI EX NO SE VA DE CASA: SOLUCIONES
Problemas con el uso de la vivienda familiar tras el divorcio
- En los Convenios Reguladores y en las Sentencias de Divorcio, se incluyen las normas que regirán las relaciones personales y patrimoniales de los cónyuges una vez producido el cese de la convivencia.
- Uno de los elementos que específicamente queda regulado tras una separación, divorcio o ruptura de pareja, es quién de los cónyuges va a ejercer el derecho de uso y disfrute de la vivienda, hasta ese momento, común, y durante cuánto tiempo.
- ¿Y, si llega el momento y no abandona la vivienda?
No obstante, en ocasiones, puede ser habitual que dichos tiempos de uso se incumplan (se excedan) y, entonces, ¿qué hay que hacer?, ¿se puede intentar recuperar la posesión?, ¿qué importancia tiene que ambos sean copropietarios del inmueble?
Debe señalarse, en primer lugar, que el cónyuge que ha estado haciendo uso de un inmueble común, por definición, ha estado ejerciendo la posesión jurídica del mismo.
Vivienda que, en consecuencia, se ha convertido, aunque sea de manera temporal, en su domicilio. El cual se encuentra protegido por la Constitución en su artículo 18.
2 y cuyo objetivo es proteger la privacidad de las personas que en él residen frente a las invasiones o agresiones exteriores de otras personas:
“El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito”.
Dada la situación planteada, el titular del derecho es el cónyuge que reside en él y que ostenta la posesión.
Y, por tanto, para poder hacer valer la cláusula de temporalidad de uso, a falta de solución amistosa, la única vía legal a utilizar es solicitar el auxilio judicial para que se le desahucie, decretando el lanzamiento y se nos reponga en el derecho que nos corresponde.
Puesto que, si lo hacemos por «nuestra cuenta» estaríamos actuando en la vía de hecho y podríamos incurrir, entre otros, en los siguientes delitos:
El delito de allanamiento de morada
En concreto, el allanamiento de morada implica entrar en el domicilio en contra de la voluntad de quien en aquel reside. Y que, en este caso, sería el ex-cónyuge que ostenta la posesión y que no quiere abandonar el inmueble, a pesar de que ha expirado el tiempo de uso pactado o el fijado en sentencia.
Esta voluntad contraria no necesita ser explícita; siendo suficiente, para que así se entienda, el mero hecho de no querer abandonarla (aún cuando no tenga derecho a permanecer en ella).
Si, actuando fuera del cauce legal, optáramos, por ejemplo, por acceder a la vivienda utilizando una copia de las llaves, esta manera de proceder podría ser motivo de reproche penal, puesto que estaríamos violando la intimidad del ex – cónyuge, al entrar sin su permiso. Concretamente conllevaría pena de 6 meses a 2 años de prisión; o pena de 1 a 4 años, también de prisión, si se realizara con violencia o intimidación.
El delito de coacciones
Del mismo modo, si, aprovechando que el otro cónyuge se encuentra fuera de casa, tuviéramos la idea de cambiar la cerradura, podríamos incurrir en un delito de coacciones.
Ya que, sin estar legítimamente autorizados (pues no hay reconocimiento judicial de nuestro derecho), obligamos con violencia al otro cónyuge (cambiando la cerradura) a hacer algo que no quiere (abandonar la vivienda).
- Como conclusión …
- Como en todo conflicto, lo principal es intentar un acuerdo amistoso; pero esto no siempre es posible.
- Y llegados al caso, si queremos que lo estipulado en el convenio regulador o en una resolución judicial, se cumpla, deberemos ponernos en manos de un abogado, que haga la pertinente reclamación en el Juzgado, para que sea éste quien reconozca nuestro derecho y proceda al desahucio del cónyuge infractor.
- Actuar «a la brava» entrando sin permiso en la que no es nuestra residencia habitual o dejar fuera de ella a nuestro ex-cónyuge cambiando la cerradura, supondrá, en la práctica, un alargamiento del conflicto y acabar en una posible condena penal.
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En nuestro Despacho de abogados de Bilbao, somos especialistas en la tramitación de procedimientos de separación, divorcio y rupturas de parejas de hecho.
Estamos en la Calle Iparraguirre nº11 – 1º izquierda, a 200 metros del Museo Guggenheim Bilbao.
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